miércoles, 3 de enero de 2018

ORDENANZA MUNICIPAL  N°17/17 - HCD

Autor: Departamento Ejecutivo Municipal
Tema: Emergencia Ambiental.
San Roque, 12 de diciembre de 2017
VISTO:
              Los artículos 102°, 193° inc. 10 de la Carta Orgánica y Municipal, y;

CONSIDERANDO:
              Que el art, 102° ordena al Municipio a realizar acciones tendientes a preservar y conservar el ambiente natural y cultural de las áreas de su interés.
              Que al art. 108 del mismo cuerpo declara la importancia de un ambiente sano, equilibrado y seguro como patrimonio de la sociedad actual y de las generaciones futuras.
              Que durante los últimos meses cayó en decadencia el servicio de recolección de residuos del Municipio, aunque el art. 109 impone al Municipio adoptar medidas tendientes a la conservación del medio ambiente tanto urbano como rural de nuestra localidad, el que se ve en gravísimamente afectados. 
              Que no existe a la fecha un predio de deposición de residuos sólidos para poder llevar adelante una limpieza general de la ciudad afectándose la salud pública y la estética de la localidad.
             Que el art. 219°inc.25 autoriza al Intendente Municipal a tomar medidas urgentes en el marco de la emergencia a fin de que se pueda garantizar un servicio púbico de vital importancia, tanto para os vecinos como para el Municipio.
POR ELLO,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE SAN ROQUE SANCIONA CON FUERZA DE 
ORDENANZA:

              Art. 1 –DECLÁRESE en estado de Emergencia Ambiental al Municipio de la Ciudad de San Roque por el plazo de un (1) año, a partir de la sanción presente.
La emergencia declarada incluye:
a)      La inexistencia de predio de depósito de residuos sólidos urbanos.
b)      La afectación a la salud de las personas expuestas a los residuos o basura.
c)      La situación económico-financiera de la Administración Pública Municipal que afecta directamente a su capacidad de respuesta.
El departamento Ejecutivo podrá dar por concluido el estado de emergencia antes de esa fecha, si considera superados los hechos que lo provocaron.

            Art. 2 –FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a coordinar los esfuerzos con vecinos a fin de lograr la recolección de residuos de forma urgente, así como también la de obtener para el Municipio un terreno y maquinaria que permita realizar el depósito de basura de forma ecológica y estratégica.
           Art. 3-FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal caso de encontrar un bien inmueble apto para la función requerida de depósito final de residuos sólidos urbanos, previo dictamen de los Secretarios de áreas, autorícese por este medio al Intendente Municipal la discrecional re afectación  de partidas presupuestarias en caso de encontrar disponibilidad.
         ART. 4. Regístrese. Protocolícese y archívese.



                                                       Delia Isabel Valenzuela                                                                              José Roberto Altamirano
                                                                Secretaria                                                                                                     Presidente
                                                HCD Municipalidad San Roque                                                                  HCD Municipalidad San Roque 


Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante “Maestras Sanroqueñas” del día 13 de diciembre de 2017

    

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