ORDENANZA MUNICIPAL N°17/17 - HCD
Autor:
Departamento Ejecutivo Municipal
Tema:
Emergencia Ambiental.
San Roque, 12 de diciembre de 2017
VISTO:
Los
artículos 102°, 193° inc. 10 de la Carta Orgánica y Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que el art, 102° ordena al Municipio
a realizar acciones tendientes a
preservar y conservar el ambiente natural y cultural de las áreas de su interés.
Que al art. 108 del mismo cuerpo
declara la importancia de un ambiente sano, equilibrado y seguro como
patrimonio de la sociedad actual y de las generaciones futuras.
Que durante los últimos meses
cayó en decadencia el servicio de recolección de residuos del Municipio, aunque
el art. 109 impone al Municipio adoptar medidas tendientes a la conservación
del medio ambiente tanto urbano como rural de nuestra localidad, el que se ve
en gravísimamente afectados.
Que no existe a la fecha un
predio de deposición de residuos sólidos para poder llevar adelante una
limpieza general de la ciudad afectándose la salud pública y la estética de la
localidad.
Que el art. 219°inc.25 autoriza al
Intendente Municipal a tomar medidas urgentes en el marco de la emergencia a
fin de que se pueda garantizar un servicio púbico de vital importancia, tanto
para os vecinos como para el Municipio.
POR ELLO,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE SAN ROQUE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ORDENANZA:
Art. 1 –DECLÁRESE en
estado de Emergencia Ambiental al Municipio de la Ciudad de San Roque por el
plazo de un (1) año, a partir de la sanción presente.
La emergencia declarada incluye:
a) La
inexistencia de predio de depósito de residuos sólidos urbanos.
b) La
afectación a la salud de las personas expuestas a los residuos o basura.
c) La
situación económico-financiera de la Administración Pública Municipal que
afecta directamente a su capacidad de respuesta.
El departamento
Ejecutivo podrá dar por concluido el estado de emergencia antes de esa fecha,
si considera superados los hechos que lo provocaron.
Art. 2 –FACÚLTASE al Departamento
Ejecutivo Municipal a coordinar los
esfuerzos con vecinos a fin de lograr la recolección de residuos de forma
urgente, así como también la de obtener para el Municipio un terreno y
maquinaria que permita realizar el depósito de basura de forma ecológica y
estratégica.
Art. 3-FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo
Municipal caso de encontrar un bien inmueble apto
para la función requerida de depósito final de residuos sólidos urbanos, previo
dictamen de los Secretarios de áreas, autorícese por este medio al Intendente
Municipal la discrecional re afectación
de partidas presupuestarias en caso de encontrar disponibilidad.
ART. 4. Regístrese. Protocolícese
y archívese.
Delia Isabel Valenzuela José Roberto Altamirano
Secretaria Presidente
HCD Municipalidad San Roque HCD Municipalidad San Roque
Dada en la sala de sesiones del
Honorable Concejo Deliberante “Maestras Sanroqueñas” del día 13 de diciembre de
2017
No hay comentarios.:
Publicar un comentario